
Tanto si tienes una una hipoteca o vas a firmar una, al comprar una vivienda, tengo cuidado con la cláusula suelo. Es muy importante informarse y renegociarlas con el banco, en el primer caso y tener la posibilidad de elegir, en el segundo.
¿Qué es la cláusula suelo?
Es una cláusula que puede incluirse por parte del banco en el momento de la firma de la hipoteca, fijando unos mínimos a pagar en la cuota mensual, de modo que si el tipo de interés (el Euribor en la mayoría de los casos) baja por debajo de estos mínimos, la reducción no se aplica.
¿Cómo me puede afectar?
La mayoría de hipotecas tienen un tipo de interés que se calcula en base al Euribor (el indicador de referencia, que en España se aplica en casi 9 de cada 10 hipotecas) y un diferencial, que puede variar dependiendo de cada banco. La combinación de ambos factores determina la cuota mensual de la hipoteca en base a nuestra deuda con el banco. Sin embargo, si nuestro préstamo tiene la denominada cláusula suelo, ésta establece una cuota mínima, que debe respetarse aunque la combinación de Euribor y del diferencial de banco sea inferior. Es decir, si el tipo de interés cae por debajo del mínimo que establece nuestra cláusula, no podremos beneficiarnos de las bajadas del Euribor y nuestra cuota no se reducirá.
¿Qué entidades lo aplican?
La mayoría de entidades bancarias han aplicado la cláusula suelo en sus contratos de préstamos hipotecarios, ya que era relativamente habitual hace unos años, tanto que en 2015 unos tres millones de hipotecas siguen manteniendo estas condiciones, pese a una dura sentencia emitida por el Tribunal Supremo en 2013 que obligó a retirarlas a varias entidades.
¿Es legal la cláusula suelo?
La cláusula suelo es legal, siempre y cuando el firmante de la hipoteca sea informado de su existencia, algo que no siempre pasó durante los años del boom inmobiliario.
¿Cómo puedo reclamar si tengo cláusula suelo?
El primer paso es que el consumidor ponga una queja en el propio banco a través del servicio de atención al cliente. Éste dispone de un plazo de dos meses para darnos una respuesta. Si la contestación de la entidad no nos parece la adecuada, podemos recurrir al servicio de reclamaciones del Banco de España. No obstante, su respuesta puede tardar hasta seis meses y, además, no resulta vinculante para nuestro banco. Por eso, si se da el caso que nuestra entidad no quiere retirarnos la cláusula, el siguiente paso es acudir a los tribunales. Existen entidades y asociaciones y en esta dirección Web que pueden ayudarnos o aconsejarnos durante este proceso. A veces, ni siquiera es necesario ir a juicio, ya que los bancos acceden a negociar una vez efectuada la denuncia.
La primera decisión de Luxemburgo sobre la cláusula suelo, en julio
Es una de las noticias más esperadas para muchos: la decisión del Tribunal de Luxemburgo sobre la retroactividad de las llamadas cláusulas suelo. Sin embargo, parece que se hará de rogar, ya que el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea presentará sus conclusiones sobre este tema en julio, pero sólo será una opinión (independiente y no vinculante) que no tiene porque corresponder con la sentencia firme del tribunal. Ésta no llegará hasta finales de 2016, por lo que los afectados por esta cláusula tendrán que esperar más de medio año para saber si les serán devueltas las cantidades que pagaron de más al tener una cuota mínima fija en su hipoteca.
La justicia europea debe dirimir ahora si la devolución de estas cantidades debe calcularse desde el 9 de mayo de 2013, fecha de la sentencia del Tribunal Supremo (TS), o desde el inicio de cada contrato hipotecario, algo que puede suponer una notable diferencia para los afectados.
Ulima hora: La Justicia de la UE, a favor de no devolver a los clientes la totalidad de las cláusulas suelo
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